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19sep16

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Carta del Secretario General al Consejo de Seguridad sobre le nombramiento del juez Burton Hall de modo que pudiera ser asignado con carácter especial a las apelaciones interlocutorias de la causa Mladić


Naciones Unidas
Consejo de Seguridad

S/2016/794

Distr. general
19 de septiembre de 2016
Español
Original: inglés

Carta de fecha 13 de septiembre de 2016 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario General

Tengo el honor de referirme al artículo 13 quinquies del estatuto del Tribunal Internacional para el Enjuiciamiento de los Presuntos Responsables de las Violaciones Graves del Derecho Internacional Humanitario Cometidas en el Territorio de la ex-Yugoslavia desde 1991 relativo al nombramiento de un magistrado ad hoc del Tribunal.

El artículo 13 quinquies dispone lo siguiente:

    Si no hay magistrados permanentes que estén prestando en la actualidad servicio en el Tribunal Internacional disponibles para la asignación a la Sala de Apelaciones, y se hubieran agotado todas las alternativas prácticas, el Secretario General podrá, a solicitud del Presidente del Tribunal Internacional y previa consulta con el Presidente del Consejo de Seguridad, nombrar a un exmagistrado del Tribunal Internacional o del Tribunal Penal Internacional para Rwanda que sea también magistrado del Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales como magistrado del Tribunal Internacional, para ser asignado con carácter especial y temporal a la Sala de Apelaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12, párrafo 3, y el artículo 14, párrafo 3, del Estatuto. Las condiciones de servicio de los magistrados nombrados con arreglo a este párrafo cada día que ejerzan sus funciones en la Sala de Apelaciones serán las de los jueces ad hoc de la Corte Internacional de Justicia.

En una carta de fecha 7 de septiembre de 2016, el juez Carmel Agius, Presidente del Tribunal, pidió que el juez Burton Hall (Bahamas) fuera nombrado magistrado del Tribunal con arreglo al artículo 13 quinquies, de modo que pudiera ser asignado con carácter especial y temporal a las apelaciones interlocutorias de la causa Mladić (véase el anexo).

El juez Hall es un ex magistrado permanente del Tribunal y magistrado presidente en la causa Stanišić y Simatović ante el Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales. Prestaría servicios en el Tribunal y el Mecanismo simultáneamente, de conformidad con el artículo 7 de los arreglos de transición que figuran en el anexo 2 de la resolución 1966 (2010) del Consejo de Seguridad, que permite que un magistrado del Tribunal ocupe también el cargo de magistrado del Mecanismo.

El artículo 12 3) del estatuto del Tribunal dispone que la Sala de Apelaciones, para cada apelación, se compondrá de cinco de sus miembros. Sin un nuevo juez, el Tribunal no podría constituir una Sala de Apelación de cinco jueces para las apelaciones interlocutorias que pudieran presentarse en la causa Mladić. Esto se debe a que en el Tribunal solo quedan siete magistrados permanentes y tres de ellos se hallan asignados a ese juicio.

Me permito señalar que el Presidente del Mecanismo ha sido consultado acerca de este asunto y está de acuerdo con la solicitud.

De conformidad con el artículo 13 quinquies del estatuto del Tribunal, espero con interés conocer su opinión sobre el nombramiento del juez Burton Hall como magistrado del Tribunal, para que sea asignado con carácter especial y temporal a la Sala de Apelaciones.

(Firmado) BAN Ki-moon


Anexo

Tengo el honor de dirigirme a usted una vez más en relación con la composición de la Sala de Apelaciones del Tribunal Internacional para el Enjuiciamiento de los Presuntos Responsables de las Violaciones Graves del Derecho Internacional Humanitario Cometidas en el Territorio de la ex-Yugoslavia desde 1991.

En primer lugar, quisiera expresar mi agradecimiento por la pronta respuesta del Consejo de Seguridad a la solicitud que formulaba en mi carta de fecha 29 de julio de 2016 (S/2016/693, anexo). En particular, me congratulo de la aprobación unánime de la resolución 2306 (2016) el 6 de septiembre de 2016 y tomo nota de la enmienda por la que se añade el artículo 13 quinquies al estatuto del Tribunal.

El artículo 13 quinquies sienta la base jurídica para el nombramiento de un magistrado ad hoc de la Sala de Apelaciones. Me permito recordar aquí que actualmente el número de magistrados permanentes disponibles para conocer de las apelaciones interlocutorias en la causa Mladić es insuficiente y que se han agotado todas las soluciones prácticas. Además, como ya se indicó, recientemente el acusado presentó varias solicitudes de recurso ante la Sala de Primera Instancia. Si la Sala de Primera Instancia admite a trámite el recurso, el acusado dispone de un máximo de siete días para presentar una apelación interlocutoria. Por consiguiente, es fundamental nombrar a un magistrado ad hoc lo antes posible.

A la luz de lo que antecede, y de conformidad con el artículo 13 quinquies, solicito que el juez Burton Hall (Bahamas) sea nombrado magistrado de la Sala de Apelaciones del Tribunal, con carácter especial y temporal, para que pueda ser asignado inmediatamente a todas las apelaciones interlocutorias que se produzcan próximamente en la causa Mladić.

Tal como se exige en el artículo 13 quinquies, el juez Hall es un exmagistrado del Tribunal que también es magistrado del Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales. Asimismo, dado que en estos momentos preside varios juicios en el Mecanismo, se encuentra actualmente en La Haya. Además, ha indicado su disponibilidad para trabajar en las apelaciones interlocutorias de la causa Mladić, si surgiera alguna. Por tanto, en mi opinión, el nombramiento del juez Hall sería eficiente en términos de tiempo y costo.

Por último, puedo confirmar que he consultado nuevamente a la Mesa sobre esta cuestión y que todos los magistrados del Tribunal se hallan plenamente informados de la aprobación del artículo 13 quinquies y de la presente solicitud. Además, he consultado al Presidente del Mecanismo, que está de acuerdo con el nombramiento del juez Hall.

Le agradecería que tuviera a bien señalar lo antes posible la presente carta a la atención del Presidente del Consejo de Seguridad.

(Firmado) Juez Carmel Agius
Presidente


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