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Alegación ante el Ministro del Interior Británico Sr Jack Straw de la Corporación "Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos"
Informadas [del contenido] del Comunicado de Home Office de fecha 11 de enero del 2000, hacemos llegar a usted nuestra alegación para ser considerada en la decisión que usted debe tomar en el proceso de extradición de Augusto José Ramón Pinochet Ugarte, sometido a proceso en España por crímenes contra la humanidad y en proceso de extradición en Gran Bretaña.El gobierno chileno, a través de su Canciller, Juan Gabriel Valdés, solicitó al gobierno inglés que se practicaran exámenes médicos al inculpado Augusto Pinochet, detenido en Londres desde el 16 de octubre de 1998, con el fin de impedir su extradición a España, luego que fracasaran diversas gestiones en el mismo sentido.
La prueba que Pinochet ya perdió a nivel judicial.
La intervención del gobierno chileno y su opción de apelar a razones humanitarias en el caso Pinochet, obedece a la evidente derrota jurídica del inculpado, ratificada en las resoluciones del 25 de noviembre de 1998, cuando los Lords de la Ley deciden que Pinochet no goza de inmunidad soberana, previamente otorgada por la Alta Corte de Londres; del 24 de marzo, cuando los jueces de la Cámara de los Lords, determinan que Pinochet no tiene inmunidad para casos de torturas cometidos después del 8 de diciembre de 1988; del 27 de mayo de 1999, cuando el juez Harry Ognall de la Alta Corte de Londres rechazó la solicitud chilena para la revisión judicial de la resolución de Jack Straw; del 8 de octubre de 1999, cuando el juez Ronald Bartle de la Corte de Bow Street dió curso al proceso de extradición de Pinochet a España.
¿Qué motivos se esconden detrás de las razones "de salud"?
La confidencialidad del Informe Médico practicado al inculpado, resta transparencia al proceso y frustra la posibilidad de hacer efectivo el derecho a apelación de las partes involucradas.. Esto impide que haya un debido proceso, porque les priva de la facultad y potestad de conocer, opinar e impugnar informes tan trascendentales y determinantes para el curso del proceso de extradición, como los exámenes médicos en cuestión.
Reconocemos el derecho a la confidencialidad en general, pero no en este caso particular, cuando se trata de una persona acusada de crímenes contra la humanidad, en cuyo caso debe primar el bien común mayor: el derecho a la justicia de las miles de víctimas.
Un "enfermo" que hace múltiples declaraciones e imparte instrucciones a sus partidarios.
En nuestra opinión, Augusto Pinochet se encuentra habilitado para enfrentar el proceso de extradición y el proceso penal, tan largamente dilatado, en España. Si bien es cierto el inculpado es un octogenario, con el deterioro y dolencias propias de su edad, sus facultades mentales permanecen plenas. Así ha quedado demostrado en reiteradas oportunidades durante su detención en Londres, donde ha mostrado capacidad para tomar decisiones, responder entrevistas de prensa, enviar cartas a sus amistades, elaborar documentos, dar instrucciones y entregar orientaciones políticas a sus partidarios, subordinados y colaboradores.
Queremos ser muy precisos en este punto. El 11 de diciembre de 1998 envió una "Carta a los chilenos", donde justifica sus acciones durante el golpe militar y su gobierno; el 25 de febrero de 1999 envía un fax a la Fundación Pinochet desautorizando a su hijo Augusto por su comportamiento y dichos en el extranjero; el 8 de abril de 1999 Lucía Hiriart lee un mensaje de Augusto Pinochet, quien pide respetar la independencia y autonomía de Chile frente a los dictados de "naciones foráneas"; el 6 de julio de 1999 manifiesta su rechazo a la posibilidad de la vía humanitaria para regresar a Chile; el 16 de agosto de 1999 declaró a un periodista polaco que durante el régimen militar "en ambos lados ocurrían actos de crueldad, de vez en cuando hasta de venganza personal"; el 13 de septiembre de 1999 envía nuevamente una carta dirigida al Senado de la República, reflexionando sobre los hechos que protagonizó durante su régimen dictatorial; el 18 de septiembre de 1999 envió carta de solidaridad y apoyo al ex director de la CNI, general en retiro Humberto Gordon, procesado por el asesinato de Tucapel Jiménez; el 4 de octubre de 1999, declara a la televisión estadounidense que "si Dios quiere que muera aquí, aquí moriré".
La "estrategia" humanitaria de Pinochet y el gobierno chileno.
A partir de este momento, Augusto Pinochet cambia la estrategia: se somete al silencio, restringe la visita de sus amistades, se le muestra deteriorado, accede voluntariamente a practicarse exámenes médicos y sus colaboradores contribuyen de múltiples maneras a transformar la imagen del dictador fuerte, arrogante y soberbio en la de un disminuido anciano. El objetivo es lograr la impunidad mediante razones humanitarias que impidan su extradición a España, donde está sometido a proceso por el juez Baltazar Garzón.
Simultáneamente el gobierno chileno solicita exámenes médicos para contribuir a dicho propósito. Sin embargo, gracias a un trascendido de prensa, sabemos que con posterioridad a las elecciones presidenciales del 12 de diciembre de 1999 en nuestro país, Augusto Pinochet manifestó su satisfacción por el virtual empate de Joaquín Lavín y Ricardo Lagos, demostrando así no sólo el pleno uso de sus facultades mentales, sino también su permanente atención al acontecer político nacional.
¡No perpetúe la tortura mental de los familiares!
El fallo emitido por el juez Ronald Bartle el 8 de octubre, señala: "la cuestión de si las desapariciones constituyen tortura; si el efecto sobre las familias de los desaparecidos puede constituir tortura mental; o cual fue la intención del régimen del Senador Pinochet es, en mi opinión, una cuestión para el juicio". Esto permitió incorporar al debate jurídico un elemento que los familiares de las víctimas hemos sostenido: la desaparición de un ser querido representa una tortura permanente para las familias afectadas. De este modo, el juez Bartle sentó el precedente que Augusto Pinochet no sólo es responsable de los crímenes cometidos bajó su mandato, sino que continúa perpetrándolos en las personas de sus familiares, es decir, nosotros. De ello podemos dar testimonio.
El desconocimiento del paradero de nuestros familiares, la sistemática denegación de justicia, la incertidumbre cotidiana, la angustia de una búsqueda que se ha prolongado por largos años y el dolor de la ausencia, provocan daños a la salud física y psicológica permanentemente. No son pocos los casos de familiares que han, literalmente, muerto de pena o atentado contra su propia vida.
Lo humanitario en este caso es contribuir a terminar con esta tortura permanente de miles de personas, favoreciendo la extradición y el juzgamiento del responsable. Lo contrario implica un comportamiento inhumano.
La denegación de justicia en nuestro país ha sido una práctica que se ha prolongado durante 26 años.
Desde el momento mismo de la detención de nuestros familiares acudimos a los Tribunales de Justicia y hemos ejercido todos los recursos legales existentes. Sin embargo, la respuesta ha sido la aplicación del Decreto Ley de Amnistía; el cierre temporal o definitivo de las causas y el traspaso de los casos a la justicia militar, que goza de ilimitada competencia.
El juez Garzón nos aportó una enorme esperanza.
En este contexto, el proceso que inició el juez Baltasar Garzón, las resoluciones de la justicia británica, los pronunciamientos de gobiernos europeos, los avances del Derecho Internacional y la solidaridad de los pueblos del mundo, han representado una real posibilidad de lograr justicia para las víctimas de la dictadura.
No existen condiciones para enjuiciar a Pinochet en Chile.
Más allá de las recientes y abundantes declaraciones públicas del gobierno chileno, respecto a que existen condiciones para que Augusto Pinochet sea juzgado en nuestro país, objetivamente en Chile tales condiciones hoy no existen. Además de los impedimentos legales e institucionales, las condiciones políticas dificultan aún más su juzgamiento. La irrestricta defensa de Augusto Pinochet por parte de las Fuerzas Armadas y los militares en retiro organizados; el fortalecimiento de la derecha pinochetista y la falta de voluntad política del gobierno contribuyen a que Augusto Pinochet sea intocable en Chile y sus actos criminales vistos como asuntos del pasado y por tanto sujetos al olvido.
Confianza en el imperio de la justicia internacional.
El desarrollo del caso Pinochet y el proceso de extradición, ha concitado la voluntad mundial para que la justicia sea una realidad concreta para los autores de crímenes contra la humanidad. Ha resurgido la confianza en el imperio de la justicia a través de la observancia de la legislación internacional, contenida en Convenios, Pactos y Tratados Internacionales en materia de derechos humanos. Ha permitido el avance efectivo en el plano de la teoría y la práctica del Derecho Internacional. Ha contribuido a fortalecer la conciencia universal en el respeto a los derechos fundamentales de las personas, y se ha constituido en la esperanza para millones de víctimas del mundo entero de romper la impunidad reinante.
Hasta hoy el proceso jurídico en los tribunales británicos ha sido impecable y transparente, también la actuación del gobierno británico. Hoy todo esto está en riesgo, ante su declaración de intención de interrumpir el proceso de extradición a España de uno de los dictadores más abominables de la historia reciente.
Los efectos de tal decisión política trascienden el caso Pinochet. Es la humanidad toda la que apoya el proceso de extradición y se niega a aceptar una decisión que signifique retroceder o anular un precedente jurídico histórico. En este sentido, su responsabilidad es enorme; y si bien la ley le confiere facultades discrecionales para decidir sobre tan importante materia, su uso debe, en primer término, ajustarse a Derecho, a principios éticos y morales, al buen criterio y al bien común. En definitiva, reflejar la voluntad que usted ha manifestado públicamente en tal sentido.
DEMANDAMOS:
1) No adoptar ninguna resolución definitiva que interrumpa el proceso de extradición, en tanto no se cumplan las condiciones que la avalen dentro de los márgenes del llamado debido proceso y de la normativa internacional.
2) Hacer públicos los resultados de los exámenes médicos a todas las partes involucradas en el proceso, para garantizar la transparencia, imparcialidad e igualdad ante la ley. Permitir, si es necesario, que las partes involucradas puedan solicitar la opinión de otros expertos en la materia o eventualmente, nuevos exámenes médicos.
3) Preservar la independencia y autonomía en las decisiones que deba adoptar, sustrayéndose a las indebidas presiones ejercidas por el gobierno chileno y otros interesados en interrumpir el proceso, evitando así las dudas respecto de la utilización de las razones humanitarias para cubrir una salida política.
4) Garantizar que el uso de las facultades que le confiere la ley en torno a las razones humanitarias, sea de tal manera que efectivamente refleje el espíritu humanitario para las víctimas y sus familias, facilitando el camino de la justicia que ha abierto el proceso en España. Esto es plenamente concordante con garantizar todas las condiciones médicas y otras, en resguardo de los derechos del acusado.
Decisiones tan trascendentales como las que hoy pesan sobre usted, no pueden ni deben estar regidas por el factor tiempo y plazos, sino por los valores, principios y bienes jurídicos en juego. La prudencia aconseja que las partes involucradas dispongan del tiempo necesario para ejercer efectivamente su derecho a representaciones, y para que usted pueda estudiarlas concienzudamente, teniendo a la vista los argumentos de una y otra parte.
Una responsabilidad ante la Historia.
Señor Straw, en nombre de los familiares de los detenidos desaparecidos de Chile, queremos decirle que las circunstancias han determinado que en estos momentos sobre usted recaiga una responsabilidad histórica y trascendental en nuestras vidas. Confiamos en que usted adopte la decisión conducente a que su nombre perdure como el hombre que facilitó y abrió los caminos de la justicia, y no como el que cercenó la confianza en ella.
Reiterando nuestra confianza en usted, le saludan atentamente,
"Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos" (decreto 1.326 del 30 de septiembre de 1992)
Viviana Díaz C., Presidenta; Mireya García R., Secretaria General; Carmen Vivanco V., Tesorera; Silvia Muñoz V. , Asuntos Jurídicos; Gonzalo Muñoz O., Relaciones Públicas;
Santiago de Chile, enero del 2000
Editado electrónicamente por el Equipo Nizkor el 23ene00
Juicio a Pinochet
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